Publicación en el BOE del Real decreto 444/2024, de 30 de abril que establece los requisitos para ser considerado usuario de especial relevancia (Influencer).
Varios requisitos para entenderlos como tal:
- Número seguidores:
Se entiende a los usuarios con una audiencia significativa, aquellos que sea igual o superior a 1.000.000 de seguidores en una única red social o superior a 2.000.000 de seguidores en dos o más redes sociales de forma agregada. - Ingresos significativos:
Se entenderán ingresos significativos, los ingresos brutos devengados que sean iguales o superiores a 300.000 euros y se incluirán tanto las remuneraciones dinerarias como las recibidas en especie.
Esto supone que el Influencer así considerado deberá cumplir con determinadas disposiciones y obligaciones sobre comunicaciones comerciales, así como las relativas a los menores de edad y otras disposiciones que protegen contra la discriminación y comportamientos nocivos en general.
Se trata de un Real Decreto corto, con 4 artículos y determina los ingresos y las cuantías de seguidores para cumplir con las disposiciones que determina la ley audiovisual 13/2022 de 7 de julio que ya se publicó y está en aplicación desde hace más de un año..